El Tomo X de la legislación ambiental tiene normativa referente a los Parques nacionales y zonas de reserva existentes en las diferentes partes de nuestro territorio ecuatoriano, regulados por la Ley para la preservación de zonas de reserva y parques nacionales cuyo objetivo es declarar de utilidad pública con fines de expropiación todas las áreas consideradas como tales, sin poder ser utilizados para fines de explotación agrícola, ganadera, forestal y de caza, minera, pesquera o de colonización; deberán mantenerse en estado natural para el cumplimiento de sus fines específicos con las limitaciones que determine la Ley, y se las utilizarán exclusivamente para fines turísticos o científicos.